El Tribunal de Instancia de Cambados ha condenado a un taxista a una multa de 900 euros como autor de un delito leve de apropiación indebida tras quedarse con un Bizum de 35,20 euros que un cliente le envió por error y que nunca devolvió, pese a las reiteradas solicitudes del perjudicado.
Según recoge la sentencia, dictada por la magistrada del Juzgado de la plaza número 4, el denunciado incorporó a su patrimonio una cantidad que sabía que no le correspondía, actuando con plena conciencia de que el ingreso había sido erróneo y sin mostrar voluntad alguna de reintegrarlo. Esta conducta, subraya la resolución, excede de un mero malentendido y tiene relevancia penal, al concurrir los elementos propios de la apropiación indebida.
Un Bizum erróneo tras una carrera en taxi
Los hechos probados se remontan a agosto de 2025, cuando la víctima, un hombre de 69 años, contrató los servicios del taxista, de 39 años, para realizar un trayecto desde un hotel hasta la estación de tren de Pontevedra. El importe de la carrera ascendía a 53 euros y, al no disponer el conductor de cambio, el cliente abonó 50 euros en efectivo y completó el pago mediante un Bizum de 3 euros.
Días después, el pasajero envió un segundo Bizum por importe de 35,20 euros, creyendo que lo remitía a un amigo que tenía el mismo nombre que el taxista. Al percatarse del error, el cliente contactó de inmediato con el conductor a través de WhatsApp, explicándole lo ocurrido y solicitando la devolución del dinero. Sin embargo, no obtuvo respuesta ni recibió reintegro alguno, pese a insistir en varias ocasiones.
La denuncia y la valoración judicial
Ante la falta de reacción del taxista, el perjudicado presentó una denuncia ante la Guardia Civil en su comunidad de residencia. Durante el juicio, la magistrada valoró como prueba la declaración del denunciante y los mensajes intercambiados entre ambas partes, concluyendo que dichos elementos desvirtúan la presunción de inocencia del acusado.
Además de la multa de 900 euros, el taxista ha sido condenado a indemnizar al afectado con 35,20 euros en concepto de responsabilidad civil, cantidad correspondiente al importe indebidamente apropiado.
La sentencia no es firme, ya que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la instancia superior competente.





