La Audiencia Nacional ha condenado a dos hombres a seis años y seis meses de prisión por desarrollar entre 2015 y 2022 una intensa actividad de exaltación del terrorismo yihadistas y por adoctrinar a jóvenes de Melilla mediante redes sociales, aplicaciones de mensajería y reuniones presenciales. La sentencia considera probado que los acusados actuaron de forma coordinada para difundir la ideología del Estado Islámico y captar nuevos seguidores.
Los condenados, identificados como Rachid A. y El Ourdani Z., ambos de nacionalidad marroquí, fueron declarados responsables de un delito de adoctrinamiento terrorista destinado a favorecer la incorporación a organizaciones yihadistas o la colaboración con sus fines. El tribunal afirma que se convirtieron en un auténtico vector de radicalización religiosa en su entorno social.
Actividad de propaganda y captación
Según recoge la resolución, ambos acusados utilizaron de manera sistemática foros digitales, páginas web y grupos de mensajería para difundir vídeos, textos y mensajes que ensalzaban la violencia yihadista. Con el paso del tiempo, su actividad pasó de ser una simple difusión ideológica a convertirse en un proselitismo activo dirigido a terceras personas.
La sentencia detalla que los condenados no se limitaron al ámbito virtual, sino que organizaron encuentros presenciales en Melilla para transmitir sus ideas radicales. En algunas de esas reuniones participaron menores de edad, a quienes se inculcaban mensajes de odio y de legitimación de la denominada guerra santa contra todo aquello que consideraban contrario a su interpretación extremista del islam.
Adoctrinamiento de menores
Uno de los episodios más graves analizados por la Sala se refiere al comportamiento de El Ourdani con su sobrino de doce años. Aprovechando su relación familiar, le enviaba documentos y vídeos destinados a formarle en el salafismo radical e incluso a justificar la violencia terrorista como un deber religioso. Los magistrados consideran acreditado que el menor fue objeto de un proceso continuado de radicalización.
En dispositivos incautados se localizó un vídeo grabado en Melilla donde aparecían menores acompañados por adultos condenados por terrorismo yihadista. El material fue compartido en grupos de WhatsApp administrados por los acusados, lo que demuestra la voluntad de ampliar su influencia sobre un público vulnerable.
Respecto a Rachid A., la resolución indica que utilizaba material audiovisual y clases de artes marciales para atraer a jóvenes y formarles en postulados extremistas yihadista. Valorando la cantidad y calidad de los contenidos difundidos y el riesgo generado, la Audiencia Nacional impone a cada acusado la pena de seis años y seis meses de prisión.





