El juez mantiene al abogado de José Luis Ábalos en la vista sobre su prisión pese a haber renunciado a la defensa

José Luis Ábalos
José Luis Ábalos

El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha dictado un auto por el que acepta la renuncia de Carlos Miguel Bautista Samaniego como abogado defensor de José Luis Ábalos en las dos causas que se siguen contra él en el alto tribunal: la relativa a las presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia y la pieza separada vinculada a la adjudicación de obras públicas.

La renuncia no es inmediata

Pese a dar por formalizada la renuncia, el instructor establece que esta no producirá efectos inmediatos. En concreto, el letrado deberá comparecer en defensa de José Luis Ábalos en la vista fijada para el próximo 15 de enero, en la que se examinará el recurso de apelación contra el auto que acordó su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza.
Solo en el supuesto de que se renuncie expresamente a la celebración de dicha vista —que fue solicitada por el propio abogado— el recurso podría sustanciarse sin ella, siempre que así lo acuerde la sala competente.

Asimismo, el auto ordena requerir al acusado para que, en el plazo de cinco días hábiles, designe nuevo abogado y procurador para su defensa y representación en ambas causas, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su nombramiento de oficio.

La vista del 15 de enero y la defensa de Ábalos

El magistrado explica que la sustitución de la defensa no puede llevarse a cabo a tiempo para la vista señalada, ya que el nuevo letrado no dispondría del margen necesario para instruirse debidamente en una causa de especial complejidad. Añade que suspender la vista para una fecha posterior causaría un perjuicio grave al acusado, al estar en juego su libertad personal.

Además, subraya que un eventual aplazamiento obligaría al nuevo abogado a intervenir sobre la base de un recurso que no habría formulado él mismo, lo que podría afectar negativamente a los derechos e intereses del investigado. Por todo ello, y en aplicación del artículo 50.3 del Estatuto General de la Abogacía Española, el magistrado acuerda que Bautista Samaniego sea quien comparezca en la vista del 15 de enero, calificada por él mismo como un “trámite procesal urgente”.

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