¿Puede la empresa trasladarte a un centro de trabajo situado a 30 kilómetros?

Centro de Trabajo 30 Km
Centro de Trabajo 30 Km

Cuando la empresa comunica a un trabajador que debe cambiar de centro de trabajo, lo primero que surge es la duda de si ese traslado es obligatorio. Y la preocupación es aún mayor cuando el nuevo centro está a 30 kilómetros, lo que puede alterar rutinas, tiempos y responsabilidades personales. La legalidad del traslado depende de su impacto real en la vida del trabajador y de si la empresa cumple el procedimiento que exige la ley.

Cambiar el turno no es igual que cambiar el lugar de trabajo

Los cambios de turno o de cuadrante forman parte de la organización interna habitual de una empresa. Pero un cambio de centro de trabajo es algo distinto, porque afecta a cuestiones esenciales: cuánto tardas en llegar, cuánto gastas en desplazamiento, cómo organizas tu día y, sobre todo, cómo puedes conciliar tu vida personal y familiar.

Por eso un traslado no puede equipararse a un simple ajuste de horarios.

Qué exige la ley ante un cambio que afecta al trabajador

El Estatuto de los Trabajadores establece que, cuando un cambio de centro altera de manera relevante las condiciones laborales, la empresa debe justificarlo, comunicarlo por escrito y permitir al trabajador aceptarlo, impugnarlo o incluso extinguir su contrato con indemnización. Esto sucede cuando el traslado tiene efectos significativos sobre el tiempo de viaje, el coste del desplazamiento o la conciliación.

Si el cambio dificulta la capacidad del trabajador para atender a hijos menores, familiares dependientes o compromisos personales habituales, ese impacto en la conciliación se considera un perjuicio claro. Los tribunales lo tienen muy en cuenta a la hora de valorar si el traslado es legítimo o no.

Qué pasa si el nuevo centro está a 30 kilómetros

La distancia por sí misma no decide nada. Lo importante es el efecto real del traslado. Si moverse al nuevo centro supone cerca de una hora de trayecto en transporte público, un incremento notable de los gastos o una reorganización completa de la rutina diaria, la ley entiende que estamos ante una modificación sustancial. En estos casos la empresa no puede imponer el traslado sin justificarlo.

Además, los jueces tienen muy en cuenta cómo afecta este cambio a la conciliación. Un desplazamiento que te obliga a salir mucho más temprano de casa, llegar más tarde, reducir tu tiempo de descanso o impedirte cumplir con obligaciones familiares esenciales se considera un perjuicio relevante.

En cambio, si los 30 kilómetros apenas modifican el tiempo de viaje, no suponen gastos adicionales y no alteran tu vida personal, el cambio puede ser admitido como una reorganización interna de la empresa.

El papel del contrato de trabajo

Otro elemento clave es si el contrato contiene una cláusula de movilidad geográfica. Cuando no existe, el margen de la empresa para mover al trabajador es más reducido. Sin esa cláusula, cualquier traslado que afecte significativamente a la conciliación, al tiempo de desplazamiento o al coste del transporte debe tramitarse por el procedimiento de modificación sustancial. Si no se sigue, el traslado puede declararse nulo o injustificado.

Conclusión

Un traslado a 30 kilómetros no es automáticamente obligatorio para el trabajador. Todo depende de su impacto real: en el tiempo de viaje, en los gastos, en la organización del día a día y, sobre todo, en la conciliación familiar y personal. Si el traslado dificulta atender a hijos, mayores o responsabilidades domésticas esenciales, la empresa debe justificar la decisión y cumplir estrictamente lo que marca la ley.

El trabajador no está indefenso ante cambios que alteran su vida diaria sin causa.

👉 En Despidos-Laborales somos especialistas en defender a trabajadores frente a despidos irregulares. Analizamos tu caso, revisamos la legalidad de la comunicación y te ayudamos a reclamar lo que te corresponde.

📞 Llámanos al 684 044 521 y solicita tu primera consulta sin compromiso. Un error de la empresa puede ser tu mejor defensa.

comparte la noticia
X
Facebook
Threads

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *