La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha estimado parcialmente el recurso de una trabajadora que demandó a una empresa por incumplir una promesa firme de contratación. La sentencia condena a la compañía a pagar 8.927,48 euros por romper un preacuerdo laboral que había generado expectativas legítimas y un perjuicio económico a la afectada.
El tribunal revoca la decisión del Juzgado de lo Social nº 9 de Murcia y reconoce que existió un precontrato laboral, aunque no hubiera documento formal firmado, dado que las partes alcanzaron un acuerdo claro sobre la incorporación y las condiciones esenciales.
Oferta en Infojobs y conversaciones por WhatsApp: prueba del compromiso laboral
La trabajadora se inscribió en una oferta publicada en Infojobs y, tras ser seleccionada, mantuvo conversaciones por WhatsApp con la empresa. De esos mensajes, reproducidos en la sentencia, se desprende que el puesto estaba acordado y solo faltaba fijar la fecha de incorporación.
Confiando en la contratación, la trabajadora presentó su baja voluntaria en su empleo anterior. Sin embargo, la empresa comunicó posteriormente que el puesto se ofrecería a un familiar, frustrando el acuerdo alcanzado.
El TSJ destaca que la empresa actuó en contra de la buena fe, impidiendo que el contrato se formalizara pese a haber generado expectativas profesionales legítimas.
Indemnización por daños económicos y morales
La resolución establece dos tipos de indemnización:
- 6.927 euros de lucro cesante, correspondientes al salario que la trabajadora dejó de percibir tras renunciar a su empleo anterior.
- 2.000 euros por daño moral, al acreditarse el impacto psicológico y el agravamiento de problemas de salud derivados de la incertidumbre laboral.
El tribunal aplica la doctrina del Tribunal Supremo según la cual la empresa debe indemnizar cuando rompe unilateralmente un compromiso firme de contratación sin causa justificada.
Relevancia de la sentencia
Esta decisión subraya que las ofertas de empleo, las promesa firme de contratación y los acuerdos verbales pueden generar obligaciones jurídicas cuando existe una expectativa razonable de contratación. También recuerda a las empresas su deber de actuar con buena fe durante los procesos de selección, evitando decisiones que perjudiquen al candidato tras haberle asegurado una incorporación.
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