Influencers bajo la lupa: el Ejecutivo ampliará el derecho de rectificación

Ley rectificación para influencers
Ley rectificación para influencers

El Consejo de Ministros ha aprobado remitir a las Cortes Generales el proyecto de Ley Orgánica reguladora del derecho de rectificación y ha analizado el anteproyecto de Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, dos iniciativas que el Gobierno enmarca dentro del Plan de Acción por la Democracia aprobado en septiembre de 2024.

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha destacado que ambas normas constituyen “dos hitos fundamentales” del plan impulsado por el Ejecutivo. Según ha precisado, de las 31 medidas previstas, 17 ya están finalizadas y otras cuatro se encuentran en una fase avanzada de tramitación parlamentaria, lo que supone que cerca del 70 % del plan ya se ha ejecutado.

Adaptación del derecho de rectificación al entorno digital

La futura ley sustituirá a la normativa vigente desde 1984, que el Gobierno considera desfasada ante la transformación del ecosistema mediático. El objetivo es adaptar el derecho de rectificación a la realidad digital, reforzar su efectividad y agilizar los procedimientos judiciales cuando los medios de comunicación rechacen publicar una rectificación.

El texto permitirá a cualquier ciudadano solicitar la rectificación de informaciones inexactas o no contrastadas que le afecten y puedan causarle un perjuicio, con independencia del soporte en el que se hayan difundido. Bolaños ha subrayado que el incremento de los bulos y de la desinformación hace necesario un marco legal más adecuado a los nuevos canales de comunicación.

Influencers y nuevos plazos

Entre las principales novedades figura la inclusión expresa de los medios digitales y de los llamados usuarios de especial relevancia en redes sociales, es decir, aquellos que superen los 100.000 seguidores en una sola plataforma o los 200.000 en el conjunto de sus redes. Estos perfiles también estarán obligados a atender solicitudes de rectificación, aunque no tengan la consideración de medio de comunicación.

El plazo para ejercer este derecho se amplía de siete a diez días con carácter general, y hasta veinte días cuando se trate de medios digitales o de estos usuarios de especial relevancia. Además, se elimina la exigencia de dirigir la solicitud al director del medio: bastará con remitirla al propio medio o, en el caso de redes sociales, a quien controle el contenido publicado.

Procedimiento más ágil

La norma obliga a los medios digitales a disponer de mecanismos gratuitos, accesibles y visibles para ejercer el derecho de rectificación. Se mantiene la obligación de publicar la rectificación en un plazo máximo de tres días y se introducen mejoras procesales para agilizar la vía judicial, incluyendo demandas sucintas y la posibilidad de que el juez dicte sentencia incluso de forma oral.

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