La reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz ha sacudido los cimientos políticos y judiciales del país, pero el caso que afecta al hermano del presidente del Gobierno dista mucho de estar cerrado. Aunque el fallo impone una condena de inhabilitación especial a David Sánchez Pérez-Castejón por prevaricación administrativa en calidad de cooperador necesario, la absolución de los cargos de malversación y tráfico de influencias ha dejado insatisfechas a las acusaciones populares. Las distintas organizaciones civiles y partidos políticos personados en la causa ya engrasan su maquinaria jurídica para trasladar la batalla a la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con una estrategia muy clara: reabrir la puerta de la prisión y reclamar la devolución del dinero público.
La reactivación de los delitos que conllevan penas de prisión
El núcleo de la discrepancia técnica radica en la calificación jurídica de los hechos que el propio tribunal de instancia declaró probados. Para los recurrentes, resulta jurídicamente contradictorio admitir que el puesto de coordinador de conservatorios de la Diputación de Badajoz se modificó de forma arbitraria y sin responder a una necesidad pública real, y al mismo tiempo sostener que no existió tráfico de influencias. Las acusaciones argumentarán ante el Tribunal Superior de Justicia que la creación de esa plaza a medida no puede desligarse del parentesco del acusado y que la Audiencia realizó una interpretación excesivamente rigurosa de la prueba indiciaria, restando peso a la evidente influencia política en la toma de decisiones del organismo provincial.
Del mismo modo, la batalla por el delito de malversación de caudales públicos promete ser intensa en esta nueva fase. Los servicios jurídicos de las acusaciones se apoyarán en los hechos probados de la propia sentencia de Badajoz, que constatan que David Sánchez apenas acudía de forma presencial a su puesto de trabajo al carecer de autorización formal para el teletrabajo mientras mantenía su residencia en Portugal. Bajo esta premisa, defenderán ante la instancia superior que pagar un salario de fondos públicos por un puesto desatendido desde su origen excede la mera irregularidad administrativa para convertirse en un desvío flagrante de dinero público, encajando plenamente en el tipo penal que conlleva penas de cárcel.
La batalla por la devolución de los fondos públicos
Otro de los puntos más controvertidos del recurso será la legitimación procesal para exigir la devolución del dinero. La Audiencia de Badajoz determinó que la restitución de los salarios percibidos por David Sánchez solo podía ser instada por el Ministerio Fiscal o por la propia Diputación de Badajoz como administración perjudicada. Al no haberse personado esta última ni haber formulado acusación la Fiscalía, el tribunal de instancia desestimó la reclamación económica de las acusaciones populares. En su apelación, los recurrentes combatirán este criterio argumentando que, cuando el perjuicio afecta directamente a las arcas públicas, el daño se inflige a la colectividad en su conjunto, por lo que la acción popular debe estar legitimada para reclamar el reintegro. En previsión de que el tribunal penal mantenga esta restricción, las acusaciones ya estudian de manera paralela activar la vía de la responsabilidad contable ante el Tribunal de Cuentas.
El escenario que se abre ahora en Extremadura obligará a los magistrados del Tribunal Superior de Justicia a dirimir si la grosera arbitrariedad detectada en la Diputación de Badajoz constituye únicamente un desmán administrativo o si cruza la frontera de la corrupción penal económica. Mientras Moncloa intenta encauzar el debate hacia una supuesta campaña de acoso político y judicial, el devenir de este recurso determinará si el caso se zanja con una mera inhabilitación o si adquiere una dimensión penal de consecuencias imprevisibles para la estabilidad de la legislatura.





