La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado la condena impuesta de 8 años de prisión a una administrativa del Centro de Salud de Alsasua por acceder sin autorización, durante años, a las historias clínicas de su hija y de sus tres nietos menores de edad.
La resolución ratifica íntegramente la sentencia dictada en enero por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, que condenó a la acusada a un total de 8 años de prisión y 16.800 euros de multa por cuatro delitos continuados de revelación de secretos.
La mujer fue condenada a 2 años de cárcel y 4.200 euros de multa por cada uno de los delitos, apreciándose las atenuantes de reparación del daño y alteración psíquica leve. Además, se le impuso la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 200 metros de las víctimas durante 20 años, así como 7 años de inhabilitación por cada delito.
Más de 1.300 accesos sin autorización
Según los hechos declarados probados, la procesada accedió entre mayo de 2021 y mayo de 2024 en 677 ocasiones al historial médico de su hija y en otras 263, 275 y 114 veces a los de sus tres nietos. También imprimió informes clínicos en 122 ocasiones.
El tribunal considera acreditado que todos esos accesos se realizaron “sin justificación asistencial” y por motivos completamente ajenos a sus funciones profesionales, además de carecer de autorización o consentimiento.
La sentencia destaca igualmente que la acusada llegó a difundir a terceras personas datos médicos obtenidos de manera ilícita, extremo que la Sala considera plenamente probado tras la celebración del juicio.
El tribunal rechaza la eximente completa por alteración psíquica
La defensa solicitaba la absolución al entender que la acusada padecía un trastorno disociativo que anulaba completamente sus capacidades. Sin embargo, tanto la Audiencia Provincial como el TSJN descartan esa tesis.
Los magistrados recuerdan que, aunque la mujer estaba diagnosticada de trastorno adaptativo y trastorno de control de impulsos, dichas patologías solo afectaban “de manera leve” a sus facultades volitivas.
La Sala también rechaza que existiera una pérdida total de conciencia o memoria de los hechos, señalando que fue la propia acusada quien transmitió a otras personas información obtenida de las historias clínicas consultadas ilegalmente.
Además de las penas de prisión y multa, la condenada deberá indemnizar con 25.000 euros a su hija y con 10.000 euros a cada uno de sus tres nietos por los daños morales ocasionados. Tras descontarse 24.000 euros ya consignados, aún deberá abonar 31.000 euros.
La sentencia todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.





