Incapacidad absoluta
La justicia vuelve a dar la razón a los trabajadores que ven agravado su estado de salud con el paso de los años. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha ratificado la incapacidad permanente absoluta concedida previamente por un juzgado de Albacete a un ex-camionero que padece un síndrome de apnea-hipopnea del sueño en grado grave, sumado a otras patologías crónicas.
De este modo, el tribunal autonómico rechaza el recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y confirma que el demandante no está capacitado para realizar ningún tipo de actividad laboral, por ligera o sedentaria que sea.
Un largo historial de reclamaciones y revisiones médicas
El calvario administrativo del trabajador comenzó en 2016, año en el que se le reconoció la incapacidad permanente total para su profesión habitual (camionero) debido a su grave apnea del sueño, la cual requería tratamiento continuo con un dispositivo CPAP.
A pesar de que el INSS consideraba que su situación era «estable», la salud del afectado no dejó de deteriorarse en los años siguientes, lo que le llevó a solicitar varias revisiones de grado:
- 2017: Solicita revisión tras desarrollar un cuadro de depresión y acumulación de líquido en la retina.
- 2019: Vuelve a reclamar debido al desgaste articular y a las secuelas de una operación lumbar.
- 2021: El INSS deniega una nueva petición argumentando que sus limitaciones físicas solo le impedían realizar grandes esfuerzos o tareas de riesgo.
A pesar de que el demandante alcanzó la edad de jubilación en 2024 (momento en el que optó por mantener su pensión de incapacidad al ser económicamente más ventajosa) y de tener reconocida una discapacidad definitiva del 70%, el organismo público siguió negándole el grado absoluto, lo que obligó al trabajador a acudir a la vía judicial.
La vía judicial: El reconocimiento del empeoramiento físico y mental
El punto de inflexión llegó el 7 de octubre de 2024, cuando el Juzgado de lo Social nº 2 de Albacete estimó la demanda del trabajador, otorgándole la incapacidad permanente absoluta por enfermedad común y una prestación mensual de 1.389,42 euros.
Ahora, los magistrados del TSJCLM han respaldado punto por punto aquella primera sentencia. El tribunal señala que, al comparar el estado actual del demandante con el que tenía en 2016, se evidencia un:
«Evidente empeoramiento tanto físico como mental».
Para la Sala, esta evolución negativa es de una gravedad suficiente como para elevar el grado de la prestación, concluyendo que el trabajador carece de la capacidad para incorporarse al mercado laboral actual bajo unos mínimos de eficacia y rendimiento.
El proceso no ha terminado
A pesar de este importante respaldo judicial para el ex-camionero, la batalla legal podría no haber concluido de manera definitiva. La sentencia dictada por el TSJ de Castilla-La Mancha no es firme, por lo que el Instituto Nacional de la Seguridad Social aún dispone de la opción de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.





