La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha acordado abrir una pieza separada para investigar una posible actuación de mala fe procesal por parte de un abogado que presentó un recurso de suplicación plagado de referencias jurídicas inexistentes o incorrectas, aparentemente generadas mediante herramientas de Inteligencia Artificial sin la debida comprobación posterior.
La decisión se adopta al amparo de los artículos 75.4 y 235.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, en relación con los artículos 552 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El magistrado ponente ha identificado un total de 24 citas y fragmentos jurisprudenciales que, según recoge la resolución, constituyen un auténtico “ejercicio de libérrima creatividad jurídica”.
Resoluciones inexistentes y referencias inventadas
La Sala explica que el recurso contenía “múltiples citas espurias, resoluciones inexistentes, otras que no tienen que ver con lo discutido, o directamente inventadas”. Los magistrados destacan además que el escrito presenta una estructura y un estilo de redacción que apuntan al empleo de sistemas de Inteligencia Artificial generativa.
Según la sentencia, la forma en que está redactado el recurso resulta compatible con el uso de herramientas gratuitas de IA generativa que producen con frecuencia las denominadas “alucinaciones”, es decir, referencias, datos o resoluciones inexistentes presentadas como reales.
El tribunal considera que, si efectivamente se utilizó una herramienta de este tipo, el problema no radica únicamente en su empleo, sino en la ausencia de una verificación posterior por parte del profesional responsable del escrito.
El tribunal aprecia una posible negligencia profesional
La resolución subraya que la actuación descrita supone una “falta de diligencia notoria” por parte del letrado. Los magistrados consideran que la abundancia de citas falsas no puede calificarse como un simple error puntual, sino que revela una conducta reiterada incompatible con los deberes profesionales exigibles a quien ejerce la abogacía.
La Sala señala que el abogado habría confiado en las referencias proporcionadas por el algoritmo sin comprobar siquiera su existencia real, presumiendo quizá que el elevado número de citas jurídicas conferiría apariencia de solidez a sus argumentos.
Los jueces también contemplan, aunque descartan inicialmente, la posibilidad de que las referencias falsas hubieran sido inventadas deliberadamente por el propio letrado. En ese caso, advierten, la conducta podría proyectarse hacia ámbitos más graves que la mera censura profesional.
Por ello, concluyen que no se trata de un simple descuido o de un error aislado. La reiteración de las incoherencias detectadas justifica, a juicio del TSXG, la apertura de una pieza separada para depurar las posibles responsabilidades derivadas de una actuación que podría constituir mala fe procesal.
La resolución se suma al creciente debate sobre el uso de la Inteligencia Artificial en el ámbito jurídico y la responsabilidad de los profesionales que recurren a estas herramientas sin verificar la exactitud de la información generada.





